Es un documento o procedimiento que permite organizar y gestionar mejor los recursos y preparar a las personas para actuar antes, durante y después de una emergencia, como un incendio o sismo.
Su objetivo es reducir los daños a personas y bienes, y cumplir la obligación legal de tener un plan actualizado según la Ley 21.442 para todos los edificios.
Exige que todo condominio cuente con un Plan de Emergencia y Evacuación actualizado para enfrentar siniestros o emergencias.
Incluye incendios, terremotos, tsunamis y otros eventos que puedan afectar a personas, departamentos
o bienes comunes.
Analiza las amenazas y riesgos.
Observa el edificio y su entorno para detectar posibles riesgos como postes eléctricos, depósitos peligrosos y accesos dificultosos. Revisa instalaciones de gas, electricidad y agua, y las zonas seguras.
Evalúa los recursos disponibles.
Haz un inventario de los recursos para reparar y atender emergencias (extintores, red seca, botiquines, luces de emergencia, etc.).
Define acciones y grupos de apoyo.
Organiza vías y señalización, zonas seguras, tipos de alarmas y tiempos de evacuación. Forma brigadas para coordinar y apoyar la evacuación y capacita a la comunidad.
Documenta el plan.
Crea un plano con distribución del condominio, rutas de evacuación, zonas seguras y datos de contacto importantes para emergencias.
Difunde y evalúa.
Comparte el plan con todos los copropietarios y habilita instancias para recoger opiniones y actualizarlo al menos una vez al año.
Plano del condominio indicando las vías de evacuación.
Sistema de emergencias.
Incluir simulacros y capacitaciones para residentes., Aunque OJO!, la ley no establece periodicidad en estos puntos, aunque se recomienda que sean al menos anuales en línea con la actualización del plan.
Mantener siempre un archivo actualizado del plan y planos con rutas de evacuación en conserjería.
Información de instalaciones de emergencia (grifos, alarmas, grupos electrógenos, etc.).
Debe incluir acciones a toma:
Antes de la emergencia.
Durante de la emergencia.
Después de la emergencia.
La alerta: Es un aviso para prepararse y estar atentos ante un posible evento.
La alarma: Es el aviso urgente de que ya está ocurriendo la emergencia y deben actuar según el plan inmediatamente.
Deberá ser actualizado por el comité de administración, cuando se modifiquen las condiciones generales de seguridad, como por ejemplo, un nuevo sistema contra incendios o la modificación del funcionamiento de las instalaciones de emergencia definidas en el permiso de edificación.
El plan de evacuación debe actualizarse al menos una vez al año.
Debe considerar la cantidad de residentes y prestar atención especial a personas con discapacidad, movilidad reducida, niños e incluso residentes no hispanohablantes.
La actualización incluye acciones para evacuar de forma segura y rápida, además de capacitaciones y simulacros según diferentes tipos de emergencias.
El plan de emergencia y evacuación, junto con sus actualizaciones y un plano del condominio con rutas de evacuación e instalaciones de seguridad (grifos, alarmas, energía de respaldo, extintores, servicios básicos), deben estar siempre disponibles en la recepción o conserjería. Así, cualquier persona podrá acceder rápidamente a la información clave ante una emergencia.
La elaboración del primer plan de emergencia, así como sus actualizaciones, serán realizadas y suscritas por un ingeniero en prevención de riesgos (acreditado por la SEREMI de Salud), debiendo dar cumplimiento a la norma técnica que para dicho efecto señale el reglamento de esta ley. La actualización de este plan deberá ser suscrita además por el presidente del comité de administración y por el administrador del condominio.
El plan de emergencia y evacuación, junto con sus actualizaciones, deben ser entregados en formato físico y digital a Carabineros y Bomberos de la comuna. Estas entidades pueden hacer observaciones al propietario o comité de administración para mejorar el plan.
Multas y sanciones legales: La comunidad y administración pueden ser multados por no cumplir la Ley 21.442.
Responsabilidad legal y penal: Pueden enfrentar demandas y posibles cargos en caso de accidentes o daños derivados de la falta de plan.
Mayor riesgo para residentes y bienes: Sin plan, hay mayor desorganización, caos y riesgos en emergencias reales, poniendo en peligro vidas y propiedades.
Dificultades para gestionar seguros: La ausencia de un plan puede afectar la cobertura y gestión de seguros contra incendios u otros siniestros.
Fiscalizaciones constantes: Autoridades como Bomberos y MINVU vigilan y pueden exigir regularización inmediata.